- AREAS DE INTERVENCION LIBRE.
- AREAS DE INTERVENCION 10%. Es el parque que está consolidado. Este sector de parque debe ser respetado como tal, permitiéndose intervenciones con edificios nuevos en hasta un 10% de su superficie. Puede plantearse libremente la intervención del paisaje, senderos, etc. en búsqueda de la integración con el nuevo proyecto.
- AREA PROTEGIDA. Solo apta para senderos y lo detallado en el programa.
- AREA OPTATIVA: las dos manzanas entre el río y la autopista pueden ser intervenidas, a criterio de los proyectistas. En ese caso, se deben sumar 2000m2 de vivienda a ubicar en ese mismo sector.
ANEXO: plano de catastro de Rosario, como información adicional de uso opcional.
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